CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE APARATOS ELECTRICOS, ELETRODOMESTICOS Y DE GAS, QUE CELEBRAN SEARS OPERADORA MÉXICO, S.A DE C.V., A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE DESIGNARÁ COMO “SEARS”, Y POR LA OTRA, LA PERSONA CUYO NOMBRE Y FIRMA APARECEN AL FINAL DEL PRESENTE CONTRATO; A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE DESIGNARÁ COMO EL “CLIENTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara SEARS que:
I.1 Es una sociedad Anónima de Capital Variable organizada y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, en términos de la escritura pública No. 37,625 de fecha 25 de noviembre del 2010, emitida ante la del Notario Publico No. 201 del Distrito Federal, Lic. Héctor Manuel Cardenas Villarreal, con domicilio fiscal en Edificio Presa Falcón, 7º piso, sito en calle Lago Zúrich No. 245, Colonia Ampliación Granada, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, y que su registro federal de contribuyentes es SOM101125UEA y su página de internet www.sears.com.mx
I.2 Su representante, cuenta con todas las facultades necesarias para la celebración del presente Contrato, lo cual se acredita en términos de la escritura pública número.
II.- Declara EL CLIENTE que:
II.1 Es mayor de edad, y que cuenta con la capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente contrato, y que conoce los derechos y obligaciones derivadas de las disposiciones aplicables a los servicios a que se refiere este Contrato.
II.2 EL CLIENTE señalara como domicilio en el cual recibirá el servicio de contratado de “Administración de Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas”.
C L Á U S U L A S
PRIMERA. - SEARS se obliga con EL CLIENTE a realizar la Administración de Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas, a efecto de prevenir o corregir cualquier desperfecto, que se encuentre en diversos artículos que sean para uso exclusivamente doméstico, los cuales se encuentran descritos en el anverso del presente contrato.
SEGUNDA. - Todo servicio que SEARS proporcione será previa solicitud de EL CLIENTE, quien podrá solicitar el servicio vía telefónica en la Ciudad de México al 51-30-39-40 de lunes a viernes de las 8:00 a las 17:00 horas y sábados de las 8:00 a la 13:00 horas, y en el interior del país, al 018003373277, o en cualquiera de las tiendas SEARS de la Republica, dentro del horario de tienda, en el Centro de Servicio técnico, que es de las 11:00 a las 21:00 horas, de lunes a domingo, debiendo proporcionar el número de folio y la fecha de contratación indicados al reverso del presente contrato. El (los) servicio (s) podrá (n) realizarse en el domicilio en donde se encuentre el artículo adquirido, siempre y cuando dicho domicilio se encuentre dentro de un radio de 50 kilómetros al que se encuentre una sucursal de las tiendas SEARS, o en su caso, EL CLIENTE podrá presentar el artículo directamente en los Centros de Servicios que se encuentra dentro de cada una de las tiendas SEARS, se anexa lista de tiendas SEARS en la Republica Mexicana (ANEXO I), por lo que es responsabilidad de EL CLIENTE recoger el artículo que entrego para su servicio, una vez que se le haya notificado que este ha sido reparado, dentro de los plazos que indique SEARS o el Centro de Servicio para tal efecto. Una vez notificado el CLIENTE, de la reparación del bien, dispone de 30 días naturales, para retirarlo del Centro de Servicio SEARS, ya de lo contrario tendrá que pagar almacenaje en razón del 5% sobre el valor del servicio, por cada día que transcurra sin que recoja su aparato, cubriéndose en 20 días el valor del servicio. El almacenaje no excederá de 60 días, en caso de que transcurran 60 días de almacenaje sin que el CLIENTE recoja el aparato SEARS se constituirá como acreedor prendario respecto de la misma, pudiendo ejecutar la misma en forma inmediata en términos de las disposiciones legales vigentes. Cualquier queja, denuncia o sugerencia la podrá formular al correo electrónico comentariost1@sears.com.mx
TERCERA. - Los servicios serán ejecutados por técnicos altamente capacitados, quienes en su caso y a solicitud y elección de EL CLIENTE, podrán presentarse en el domicilio que se haya señalado al momento de realizar la compra del Contrato de Administración de Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas, mismo que se deberá de corroborar al momento de solicitar el servicio, mismo que se atenderá dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes, para llevar a cabo la revisión del artículo reportado debiendo registrar en la respectiva Orden de Servicio las condiciones en las que se encuentra el artículo y la (s) reparación (es) a realizar.En caso de que el técnico al momento de la visita determine que la falla (s) que tenga (n) el (los) articulo (s) deba (n) ser realizada (s) en el Centro de Servicio debido a la complejidad de la (s) misma (s), será obligación del Servicio Técnico de SEARS trasladar el artículo a la sucursal o Centro de Servicio SEARS más cercano a su domicilio, sin costo alguno para EL CLIENTE
CUARTA. - El importe pagado por EL CLIENTE, por la adquisición del Contrato de Administración de Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas, incluye el precio de la mano de obra y el de las refacciones que se utilicen y que se garantiza serán originales, de acuerdo a la disposición que tenga el fabricante de las mismas, en el caso de que sea necesario la utilización de refacciones alternas, se le informara al CLIENTE, a efecto de que manifieste su autorización para el uso y colocación de estas. El precio no incluye el costo de las piezas consideradas como accesorios o cosméticas, ni consumibles, ni la reparación o reemplazo de las partes externas o estéticas (gabinetes, parrillas, tapas, rejillas, platos, charolas, manijas, botones, etc.) que como consecuencia de su uso o desgaste normal estén dañados y que estas no afecten directamente el funcionamiento normal del artículo. Para el caso de refrigeradores con fábrica de hielos, SEARS otorgará el cambio de un filtro interno por cada año contratado por EL CLIENTE, siempre y cuando se requiera. En caso de que EL CLIENTE solicite el cambio de filtro de forma adicional otorgado por SEARS, se realizará previo al pago correspondiente.
QUINTA.- Las formas de pago, por medio del cual EL CLIENTE puede realizar la adquisición de este contrato, son que las habitualmente acepta SEARS, tales como efectivo, cheque, transferencia bancaría, tarjeta de crédito bancaría, tarjeta de debito bancaría y tarjeta de crédito SEARS.
SEXTA. - SEARS se obliga a que la (s) reparación (es) sea (n) concluida (s) dentro de un plazo máximo de 30 (treinta) días siguientes, a la fecha de la visita del técnico en el domicilio de EL CLIENTE o de la entrega del artículo en las instalaciones o Centros de Servicio SEARS, dicho plazo podrá ampliarse por un término igual, de 30 días, dependiendo del diagnóstico efectuado en donde se indicará la complejidad de la (s) reparación (es) o la dificultad para obtener la (s) refacción (es) necesaria (s). El artículo será reparado con refacciones originales, tantas veces sean necesarias, hasta quedar en condiciones de uso y funcionamiento, esto sin perjuicio del importe pagado por la adquisición del Contrato de Administración de Servicio Preventivo y Correctivo
SEPTIMA. - Las obligaciones asumidas por las Partes en el presente contrato, estarán vigentes por el término de vigencia señalado en el reverso del Contrato de Administración de Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas, esto en base a la certificación que realice la caja registradora, y podrá renovarse a solicitud de EL CLIENTE, previo el pago del importe que en su caso corresponda, por el término de renovación conforme a la tarifa vigente en la fecha de contratación.
OCTAVA. - Para el caso de la cancelación del contrato, por parte del CLIENTE dentro de los cinco días siguientes al de su contratación, se le regresara al CLIENTE el 100% de lo que haya pagado. EL CLIENTE estará facultado para solicitar la cancelación del presente contrato, debiendo notificar por escrito a SEARS tal decisión en un término de 7 (siete) días hábiles, entregando la copia de este contrato, dicha cancelación operará siempre y cuando su pretensión sea dar por terminado el mismo, y se le regresara el importe que corresponda a la parte proporcional no devengada. EL CLIENTE al momento de la cancelación deberá entregar la copia del presente Contrato que le fue proporcionada, a efecto de obtener la devolución del importe no devengado conforme al precio y plazo pactados, en efectivo, a tarjeta de crédito bancaria o en su caso la aplicación a su cuenta de crédito SEARS, dependiendo la forma de pago en que haya adquirido el contrato.
NOVENA. - Será causa de cancelación del presente contrato, sin que esto implique responsabilidad alguna para SEARS, cuando EL CLIENTE incumpla con alguno o todos los pagos que deba realizar por el importe pactado y que haya sido cubierto a través del sistema de crédito de SEARS.
DECIMA. - Son causales de excepción del presente Contrato de Administración de Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas:
A.- No proporcionar al momento de la solicitud del servicio vía telefónica el número de folio y fecha de contratación, así como la falta de exhibición del original del presente Contrato al momento de la visita por el técnico, en el entendido de que el (los) servicio (s) para cualquier artículo (s) descrito (s) en el reverso, solamente será (n) ejecutado (s) cuando se exhiba al técnico el original del presente. Debiendo el técnico registrar las condiciones de funcionamiento encontradas y las correcciones efectuadas.
B.- Cuando la (s) falla (s) sea originada (s) por fauna nociva (roedores, cucarachas, insectos, etcétera) o mascotas (perros, gatos, reptiles, roedores, entre otros).
C.- Cuando la (s) falla (s) sea (n) provocada (s) porque el (los) artículo (s) no se haya (n) instalado adecuadamente, falla (s) en el abastecimiento eléctrico o hidráulico, descarga eléctrica, la presión de gas o de agua no sea la adecuada, por sulfatación y oxidamientos, por exposición a zonas húmedas o con salinidad en las que se encuentre (n) expuesto (s) el (los) artículo (s).
D.- Cuando la falla sea derivada por mal uso (comercial o industrial) o por golpe imputables al consumidor. No obstante lo anterior SEARS realizará un presupuesto de la (s) reparación (es) a realizar, lo cual hará del conocimiento de EL CLIENTE de forma inmediata, por escrito, vía telefónica o por correo electrónico para la aceptación del costo y autorización de la (s) reparación (es).
E.- Para el caso de control remoto, éste será sustituido únicamente por fallas por el desgaste del uso normal que le dé, en el caso de que no tenga reparación, se proporcionara a EL CLIENTE un control sustituto o universal.
DECIMA PRIMERA. - En el caso de pantallas de plasma, LCD´s y LED´s, el Servicio del Contrato de Administración de Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas, consistirá en la limpieza y revisión de las tarjetas madre, video y de salida. Una vez hecha la revisión a la pantalla por el técnico especializado y éste determine que si la falla se encuentra en el panel o en cualquier otra pieza que sea irreparable o que la reparación sea a un costo mayor que el de la pantalla, SEARS, lo hará del conocimiento a EL CLIENTE con la finalidad de que ambas partes lleguen a una negociación, pudiendo ser la compra de un nuevo artículo o uno similar a precio regular, tomando la pantalla con una depreciación, debiendo ser considerado el uso dado y fallas encontradas, y el valor que resulte después de la depreciación por uso, se tomara a cuenta para la adquisición de un nuevo aparato.
DECIMA SEGUNDA. - El presente Contrato de Administración de Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Aparatos Eléctricos, Electrodomésticos y de Gas, incluye la conexión del artículo adquirido por EL CLIENTE en alguna de las tiendas SEARS, siempre y cuando el lugar en donde se llevará a cabo dicha conexión cuente con las tomas (eléctricas, hidráulicas, de gas, etc.) adecuadas. Para el caso de requerir modificaciones y/o adecuaciones en la toma en donde se realizará la conexión, las mismas serán a cuenta y costo de EL CLIENTE.
DECIMA TERCERA. - La Procuraduría Federal del Consumidor, es competente para conocer en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento de este contrato, sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de residencia, renunciando expresamente a cualquier otra Jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón. Firma EL CLIENTE, quien manifiesta que su nombre y domicilios son los indicados en el presente contrato, y hace constar que recibe en este acto copia de su contrato y que se le ha explicado su contenido y alcance.